Del mismo modo que las autónomas cuentan con baja por maternidad, cuando un autónomo es padre también tiene derecho a permiso por paternidad. Sin embargo, muchas veces los autónomos se privan de sus derechos por miedo a que afecte a su negocio. No todos pueden cogerse unos días de baja y cerrar la empresa. Por eso, se ha creado el permiso de paternidad parcial.
La duración de esta modalidad es de máximo 5 semanas. Cuatro de estas semanas se deben coger de forma continua e ininterrumpida. La quinta semana puede seleccionarse en la fecha que desee siempre que se encuentre entre la fecha de nacimiento y los siguientes 9 meses. Esto quiere decir que la baja de paternidad parcial permite estar de baja durante 56 días seguidos.
Requisitos de la baja parcial de paternidad
Si eres autónomo y vas a ser padre, debes saber que para solicitar el permiso parcial de paternidad es necesario que te encuentres dado de alta en el RETA. Además, es imprescindible contar con un periodo mínimo de cotización de 180 días en los últimos 7 años anteriores al nacimiento del niño. También será necesario tener cotizados 360 días (casi un año) en toda la vida laboral. Otro de los grandes requisitos es que el autónomo se encuentre al corriente de pago en la Seguridad Social.
Para poder realizar todos los trámites, cuentas con 15 días desde la fecha de nacimiento del niño o niña, fecha de adopción o de acogida, momento en el que se dispone de derecho para coger la baja.
Si cuentas con certificado digital, podrás solicitar la prestación por paternidad parcial a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Para ello, debes acceder al menú Ciudadanos, Familia, Maternidad y Paternidad.
Es importante que cuando te dispongas a rellenar el formulario, dejes claro que quieres acogerte a la baja de paternidad con modalidad parcial. No se podrá reducir la jornada de la baja un vez se haya iniciado la misma.
Entre las ventajas de acogerse a esta baja, el autónomo verá reducido al 50% lo que paga y lo que cobra de prestación.
Recibirá el subsidio una vez haya iniciado la baja y hasta el término de esta. Es imprescindible que, durante este tiempo, el trabajador reduzca su actividad laboral.