Sí, los cambios introducidos a principios de año también han traído buenas noticias para los profesionales autónomos. Una de las novedades es la obligatoriedad de cotizar por contingencias profesionales, además de las comunes.
El Real Decreto aprobado el pasado 28 de diciembre expone que los trabajadores autónomos estarán cubiertos por contingencias profesionales. Algo que, hasta ese momento, era opcional. Esto supone tener que cotizar por ello, pero también estar cubierto en casos de accidente laboral o enfermedad profesional. Además, derivado de esta novedad, los autónomos tendrán derecho a las siguientes prestaciones.
- En caso de accidente laboral. Es la mutua la que abonará las tres cuartas partes de la base reguladora desde el segundo día en el que el autónomo esté de baja.
- La enfermedad común se cobra a partir del cuarto día de baja, y corresponde al 60% de la base reguladora. A los 20 días de baja, el porcentaje aumenta al 75%.
- En casos de incapacidad permanente parcial, los trabajadores por cuenta propia recibirán una indemnización de 24 mensualidades. La incapacidad total está bonificada con el abono de 40 mensualidades, o se podría aplicar una pensión vitalicia del 55% o 75% para incapacidades absolutas.
Entonces, estando de baja, ¿el autónomo paga su cuota?
No. no tiene que pagar cuota. La mensualidad se ha encarecido con el aumento de la cotización, pero las coberturas también han mejorado. Además de las anteriores prestaciones, el autónomo queda exento de pagar su cuota mensual cuando está en situación de baja por enfermedad o incapacidad temporal. Se hace efectivo a partir del segundo mes de baja.
Por tanto, los trabajadores por cuenta propia se van acercando a las condiciones de los asalariados en algunas cuestiones. No tenía mucho sentido que durante un periodo de baja, tuviera que seguir pagando la cuota. Por fin, con la entrada en vigor de estas novedades, la baja de los autónomos es más justa. A pesar del aumento de la cuota, las condiciones del colectivo se ven compensadas.
30 comentarios
Después de estar 18 meses de baja por incapacidad temporal tengo que hacer alguna gestión con la Seg.soc. Con respecto al pago de la cuota de autónomos ?
Hola José Luis. Te recomendamos contactar con la propia Seguridad Social, pues será quien mejor te pueda ayudar en tu caso. Un saludo.
Hola estoy de baja de IT he pasado tribunal médico y la seguridad social me dice que tengo que seguir pagando las cuotas de autonomo hasta que no paso el juicio con la mutua por extensión de prestación. Será cierto eso?
La teoría nos dice que, a partir del segundo mes de baja, se está exento de pagar la cuota. En cualquier caso, te recomendamos ponerte en manos de un abogado experto en estas cuestiones para que pueda atenderte con mayor precisión. Dependiendo de cada casuística pueden existir limitaciones en la regla general que te comentaba. Un saludo
Soy autónoma con discapacidad he estado de baja 8 meses tenía una reducción de cuota el 50% cuando vuelva otra vez a mi trabajo tendré que pagar 100 por 100 de la cuota o seguirán hasta que pasen los 5 años que por ley me corresponden
En la normativa no vemos que una baja «corte» el periodo de bonificación que te corresponde. Te recomendamos que te pongas en contacto con los Servicios Públicos de Empleo, porque ellos te podrán confirmar si, efectivamente, continúas con la bonificación a pesar de la baja. Un saludo
Buenas tardes, queria comentar que estoy de baja desde el dia 14 de enero y según la norma a partir de los dos meses de baja no tendria que abonar la cuota, mi pregunta es la siguiente: cuenta desde el 14 de enero hasta el 14 de marzo??? o va por meses naturales? es decir ENERO SERIA UN MES, FEBRERO DOS Y MARZO desde el dia 1 estaría ya exento???
muchas gracias.
Hola, Lucía.
Yo ya he comprobado esa mejora. Habiendo estado de baja muchos meses, he respirado muchísimo al ver que la mutua se hacía cargo de pagar mis cuotas. Ahora te pregunto. Me ha comunicado el inss que me han propuesto para inicio de un expediente de incapacidad permanente compatible con la actividad laboral. Si me conceden esa incapacidad, en esa situación que supongo es como una especie de prolongación de la baja… es también la mutua la que pague las cuotas? Gracias
los dos primeros meses hay que pagar cuota.
muchas enfermedades duran dos…tres meses..
así que se ha mejorado pero no del todo
si no se trabaja, se debería exonerar de la cuota desde e lprimer día de enfermedad
Hola tuve 1 accidente .y la s.social se equivocaron en diagnóstico
La TGSS sigue con sus trampas puesto que en caso de baja (fecha 28/05/2019) por ILT (enfermedad común) la exoneración de pagar las cuotas MENSUALES a partir de la TERCERA MENSUALIDAD puesto que las dos primera cuotas (en este caso MAYO y JUNIO) las paga el autónomo pero la siguiente que seria JULIO (Tercera) YA tendría que pagarla la MUTUA pero NO HA SIDO TAL puesto que me cobraron 27 días de julio.
Por lo que se ve las dos cuotas mensuales NO es la base de calculo (Según la TGSS) y SI es la base de calculo los 60 días a partir de la fecha de baja.
Es un caso real, me ha pasado a mi. No creo que sea legal dividir la cuota mensual por días ya que los periodos de liquidación de cuotas están referidos a MENSUALIDADES NATURALES COMPLETAS (Menos el alta y la baja.
Pregunto ¿Es legal la actuación de la TGSS de cobrar 3 cuotas (2 completas y una parte de otra) en situación de baja por ILT?
Este artículo no aclara q los autónomos con tarifa plana no están acogidos al cese de actividad y la sorpresa viene cuando si tienes q pagar tus cuotas de autónomos durante toda la baja
Hola,se me ha acabado la prestacion por incapacidad temporal,ahora he pasado el tribunal medico para una incapacidad permanente,mientras me llega la resolucion debo de pagar la cuota de autonomos,un saludo.
deje de estar de baja el 30 de marzo y volví a coger la baja por recaida. Tengo que volver a pagar dos meses de autonomos ? Aunque sea por recaida.
Gracias
Buenas tardes, estoy de baja desde el 1 de septiembre de 2020 por cáncer. Al año me dieron una prórroga y a los 18 meses me han dado otra pero han empezado a cobrarme el autónomo. La asesoría dice que lo reclamé en la mutua y la mutua dice que a partir de los 545 días tengo que pagarlo yo. Es eso cierto?
Estuve de baja y despues de pagar las dos primeros meses la cuota de autonomo luego se hizo cargo la mutua, cogí el alta y al cabo de dos meses volví a cogerla por recaida, en este caso , ¿quien paga la cuota de autonomo en una baja por recaida?
Buenas tardes
Y un autónomo nuevo con descuento en cotización TARIFA Plana al 2 mes tiene un accidente y esta 1 año de baja tampoco paga autónomos después de los 2 meses?
La seguridad social me pide que Page todas las mensualidades por acogerme a las rebajas de cuota de autónomos según la leyv2007
Hola, yo soy autonoma con el cupon de 60 €, llevo 6 meses de baja y a partir del segundo mes me dejaron de pasar el cupon de autonomo como me explicaron en la gestoria, antes de estar de baja solicite la subvencion como primera vez de autonomo y ahora me mandan el aviso de que me la han concedido, se que estoy obligada a seguir como autonomo si la acepto un año y dar un curso que en este momento logicamente no puedo dar por mi siguacion de enfermendad que se esta alargando, mi duda es si cuando me recupere y me den el alta tengo paralizado los meses con la cuota de 60 € o ya tendre que empezar a pagar la cuota completa, no se si puedo dar de baja la sudvencion antes de que me la paguen o ya estoy obligada a cogerla puesto que cuando me incorpore no se en que condiciones estara mi trabajo.
Gracias.
Hola Rosa, gracias por tu comentario. Lamentablemente, no podemos asesorarte en esta cuestión. Te recomendamos hagas la consulta en el propio organismo que te ha concedido la subvención, que serán los que mejor conozcan los requisitos y peculiaridades de la misma. Saludos y te deseamos una pronta y buena recuperación
Hola, Rosa, gracias por tu comentario. Desafortunadamente no poder responder a tu consulta ya que son diversos los factores que hay que tener en cuenta en este caso. Te recomendaríamos que hagas la consulta directamente en la Seguridad Social o bien a un Asesor Laboral. Saludos
Hola buenos dias. Soy autonomo y llevo de baja desde 4 septiembre 22. Yo pensaba que este mes de noviembre no me cobrarian la cuota de autonomo (no ha sido hasi me lo han cobrado) pues segun la ley a partir del segundo mes no se paga. Mi pregunta es: ¿la seguridad social deja de pasar el cupon de forma automatica o hay que rellenar algun formulario?. Porque me han cobrado el mes de noviembre. Un saludo Gracias. Manuel
Hola Manuel. Gracias por tu consulta. Te aconsejamos acudir a una Asesoría Laboral, ya que la respuesta a tu consulta requiere conocer bien todos los detalles del caso. Saludos y esperamos que te reincorpores pronto
Buenos dias,
Mi padre es abogado autónomo, se va a someter a una operación de corazón invasiva por lo que estará entre 2 y 3 meses sin poder trabajar. Si se diera de baja… de quien cobraría la cantidad? De la mutualidad?
Veo en muchos sitios que a partir de X meses es la Seguridad social quien se hace cargo pero ese primer mes, quien le pagaría la baja? Como se puede llevar a cabo? Ayuda y gracias
Hola, gracias por tu comentario. Desafortunadamente no poder responder a tu consulta ya que son diversos los factores que hay que tener en cuenta en este caso. Te recomendaríamos que hagas la consulta directamente en la Seguridad Social o bien a un Asesor Laboral. Saludos
Estuve de baja el año pasado del 8 de febrero al 10 de junio, con esa fecha me dieron el alta por mejoría el 30 de noviembre tuve una recaida, mi pregunta es si tengo que pagar otros 2 meses el recibo de autónomo o como es una acumulación del proceso de incapacidad, ya no se paga el recibo de autónomo . Muchas gracias
Hola Delfina, gracias por tu comentario. Desafortunadamente para responder a tu consulta deberíamos tener información más detallada de tu situación personal, actividad profesional, detalle de la baja, etc., por lo que no te vamos a poder ser de ayuda, lo lamentamos. Te recomendaríamos que acudas a un Asesor Laboral quien te podrá responder mejor a tu consulta. Saludo
Buenas Tardes
Voy a estar de baja minimo 2 meses,, debo pagar la baja autónomo?
Gracias
Dada que los casos de este tipo requieren conocer a fondo la casuística del mismo, te recomendamos acudir a un Asesor Laboral, que te podrá indicar más correctamente. Saludos y que te recuperes pronto y bien
Pues a día de hoy la seguridad social me ha reclamado y cobrado 1600€ en cuotas por una IT los años 2019-2020. Se suponía que desde el segundo mes pagaba la mutua y además los que cotizabamos con tarifa plana estábamos exentos del pago de cese de actividad. Pues sorpresa! Lo están reclamando todo.