Cuando eres autónomo, rodearte de personas de confianza suele ser la primera opción a la hora de contratar. ¿Y qué personas hay de mayor confianza que la propia familia? Por eso, esta figura la recoge la ley como autónomo colaborador. Puede ser un cónyuge o un familiar hasta segundo grado. Sin embargo, ¿es posible ser autónomo colaborador para toda la vida?
Esta modalidad de autónomo tiene ciertas bonificaciones y ventajas fiscales. Sin embargo, para ello es necesario cumplir una serie de requisitos. Por ejemplo, es imprescindible ser mayor de 18 años, estar empadronados en la misma vivienda, que el trabajo sea de forma continua y no un contrato temporal… Además, está prohibido que la persona en cuestión esté asalariada por cuenta ajena en el mismo negocio. Y, por supuesto, es obligatorio que el autónomo titular y el autónomo colaborador sean parientes: cónyuge, hermano, hijo, padre o madre. Si cumples todos estos requisitos, puedes pasar a formar parte de este nicho. Sin embargo, ¿existe algún límite?
Hasta cuándo puedes ser autónomo colaborador
Una persona puede ser autónomo colaborador siempre y cuando la situación se mantenga siempre igual. Es decir, tu cónyuge puede ser autónomo colaborador siempre y cuando no exista separación de hecho o divorcio. En caso de que esto sucediera, el cónyuge perdería el derecho de figurar como colaborador familiar.
Esto también afecta de forma directa a los hijos o los padres. Unas de las condiciones esenciales para ser autónomo colaborador es que, además de tener parentesco de hasta segundo grado, ambas personas se encuentren empadronadas en la misma casa. Si tu hijo está dado de alta como autónomo colaborador y se independiza, no podrá seguir teniendo esta figura. Sin embargo, para seguir trabajando dentro del negocio familiar, deberá darse de alta en el RETA y ser contratado por su padre.
Sin embargo, existen bastantes dudas acerca de la convivencia en el mismo domicilio. En las últimas normas publicadas al respecto no se habla específicamente sobre este requisito. Sin embargo, esta falta de especificación provoca un vacío legal. Sin embargo, para estar completamente seguros de que estamos realizando correctamente el requisito, lo más adecuado es que ambos convivan en la misma casa. De este modo, se evitan posibles pérdidas de ayudas y bonificaciones.
Ventajas de ser autónomo colaborador
Entre las ventajas encontramos que no es necesario que el autónomo colaborador se dé de alta en Hacienda, al contrario de lo que ocurre con los autónomos normales. Tampoco es necesario que realicen declaraciones del IVA e IRPF. Tendrá que hacer exclusivamente el autónomo titular. Desde el año 2012, los autónomos colaboradores se benefician del pago reducido de la cuota de autónomos al 50% durante 18 meses.
Por todo esto, son muchos los autónomos que deciden contratar a sus familiares como colaboradores autónomos.