En los últimos años ha resurgido una figura empresarial conocida como TRADE. Esta aparición es una consecuencia, en su mayoría, de los conflictos laborales entre repartidores y empresas de reparto (entre otras figuras). Es una especie de modalidad de trabajo autónomo que tiene bastantes semejanzas con el modelo laboral propuesto por diferentes empresas de reparto de comidas. Precisamente por ello, se ha sido analizado para ver si encaja como un modelo regulador de estas relaciones laborales.
¿Cuándo existe una relación TRADE entre un autónomo y una empresa? ¿Qué condiciones deben incluirse en esta relación? Vamos a ver cuáles son las respuestas a estas cuestiones teniendo en cuenta el modelo económico español.
Qué es un TRADE
El término TRADE hace referencia a la figura del Trabajador Autónomo Dependiente Económicamente. Surge cuando un autónomo cuenta con un cliente que le proporciona la mayoría de los ingresos. Este cliente puede ser entendido como una persona o una empresa.
La idea central sobre este término es que esta empresa o persona le presta sus servicios de manera directa y constante. Se produce una relación estrecha entre ambos. Tanto, que para que se considere un TRADE es necesario que el trabajador reciba, al menos, el 75% de sus ingresos de este cliente.
Para que se pueda realizar un contrato mercantil TRADE, es imprescindible que ambas partes sean profesionales (o empresarios). Debe existir un contrato de prestación de servicios. Cuando se firma un contrato mercantil con una empresa, el modelo de factura del TRADE es diferente del de un autónomo común. Aspecto importante que hay que tener en cuenta.
Cómo es un contrato TRADE
Para que se pueda dar esta buena relación, es necesario que el TRADE y el cliente consientan este sistema. Además, deberán tener capacidad legal para ejercer sus derechos. En el contrato se establecen las dos partes. Se debe rellenar, de forma detallada, la información relacionada con ambas partes: nombre o razón social, dirección y número de identificación fiscal.
En este contrato también se debe especificar el objeto del mismo. Es decir, tendrán que aparecer especificados todos los servicios que se van a prestar. También debe incluir la duración de los mismos y las consecuencias del incumplimiento de este contrato, así como un aspecto realmente importante: la forma de pago.
Para ello, hay que dar de alta el contrato en el Servicio Público de Empleo Estatal, siempre y cuando se cumplan todas las condiciones nombradas anteriormente. Después habrá que afrontar las obligaciones fiscales con Hacienda y las respectivas con la Seguridad Social.
El TRADE es una especie de autónomo, por lo que su trabajo se debe organizar de manera autónoma y ser diferente al trabajo desarrollado por el resto de empleados de la empresa con la que firma el contrato. Además, no podrá tener trabajadores a su cuenta.