La tarifa plana es una de las medidas más laureadas y esperadas por los profesionales autónomos. Gracias a su actualización en la última ley de autónomos, los nuevos emprendedores que vayan a poner en marcha un proyecto pueden pagar una cuota de 50 euros al mes durante un año. Hasta la aprobación de la nueva ley de autónomos, duraba seis meses, pero se ha alargado hasta los 12.
Sin embargo, también la nueva normativa ha traído consigo limitaciones. Y es que no todos los nuevos autónomos pueden acogerse a esta ayuda. A continuación, vamos a ver cuáles son estas limitaciones para acceder a la tarifa plana.
Temporalidad. En el caso de que un profesional autónomo lleve menos de dos años desde que estuvo dado de alta por última vez, no podrá acogerse a la ayuda. Es decir, es preciso que el emprendedor lleve, al menos, dos años desde que causó baja como autónomo. Además, si ya se ha beneficiado de esta bonificación anteriormente, han tenido que pasar, al menos, tres años desde que cesara la actividad.
Forma jurídica. El autónomo societario no podrá beneficiarse de la tarifa plana. De hecho, es requisito indispensable estar dado de alta en el Régimen general de Trabajadores Autónomos (RETA).
Pluriactividad. Para aquellos autónomos que, a su vez, también trabajen como asalariados, deberán elegir entre la tarifa plana o el resto de bonificaciones específicas existentes para estos casos. Es decir, no pueden darse ambas a la vez.
Cotización. La tarifa plana se aplica a los autónomos que cotizan por la base mínima. Para aquellos que quieran aumentar su base de cotización, la ayuda a la que pueden acogerse es a la del 80%. Es decir, aplicar el 80% sobre la base y eso será lo que tenga que pagar cada mes como cuota a la Seguridad Social.
También se ha eliminado uno de los límites que antes existía: el de tener trabajadores. La ley vigente permite tener contratar trabajadores mientras se disfruta de la ayuda.