El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha aprobado Anteproyecto de Ley de Startups. Su objetivo es fomentar la creación, conseguir visibilidad y atraer inversores de empresas emergentes en España. Con ello pretende atraer el talento y capital internacional.
Con esta nueva propuesta, el Gobierno pretende regular y flexibilizar todas las actividades que las empresas emergentes tienen que llevar a cabo. Sobre todo en las duras primeras etapas. Todos somos conocedores de los trámites burocráticos que requiere una empresa, pero aún son más numerosos los trámites a realizar cuando se crea una nueva empresa. Trámites que además penalizan a la empresa con respecto a otras.
Además de tener en cuenta la burocracia, se dan facilidades para el cese de actividad. En la nueva ley se tiene en cuenta las probabilidades de fracaso que tiene una nueva empresa. Por tal motivo, se agilizan los trámites para el cese de actividad.
En lo que respecta a los trámites administrativos y su agilización, se elimina la obligación de efectuar pagos fraccionados del impuesto de sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes en los 2 años posteriores a aquel en el que la base imponible sea positiva. También se incluye la no obligatoriedad de obtener el número de identificación de extranjeros (NIE) para los inversores no residentes, para quienes solo será exigido el número de identificación fiscal (NIF).
Aspectos importantes de la ley startups
Se incorporan medidas tributarias y fiscales para “impulsar la atracción del talento internacional y favorecer la creación de hubs digitales en España” según el Consejo de Ministros.
Para ello, se reduce el tipo impositivo en el impuesto de sociedades y sobre el impuesto sobre la renta de no residentes, pasando del 25% al 15%. La reducción será efectiva en el primer periodo impositivo cuando la base imponible sea positiva. Se mantendrá durante los tres siguientes periodos siempre que la empresa siga siendo calificada como empresa emergente.
Además, las startups podrán solicitar el aplazamiento de la deuda tributaria del impuesto de sociedades o del impuesto sobre la renta de no residentes. En este caso, será posible en el primer ejercicio en el que la base imponible sea positiva y en el siguiente sin devengo de intereses de demora. Se eleva el importe de la exención de 12.000 a 45.000 euros anuales. También, se crea un régimen tributario específico para que las personas que teletrabajan se sometan al impuesto sobre la renta de no residentes. Los requisitos para ello se reducen de 10 a 5 días. Además, se amplía el periodo de su disfrute al contrario, de 5 a 10 años.