Si eres autónomo, seguro que conoces la existencia de las facturas intracomunitarias. Este tipo de facturas tienen unas reglas de tributación diferente. Estas varían en la forma en que se realizan y se declaran posteriormente. Conocer estas características diferentes es necesario para no meter la pata en su realización.
Las facturas intracomunitarias hacen referencia a aquellas que se emiten tras realizar operaciones con un cliente extranjero o que pertenece a otro país de la Unión Europea. Para realizar este tipo de factura es necesario introducir el VAT o NIF intracomunitario. Si ambos, tanto el emisor como el receptor de la factura, poseen VAT o NIF intracomunitario, la factura quedará exenta del pago del IVA.
Cómo emitir una factura intracomunitaria
Para poder emitir de forma correcta una factura intracomunitaria, deberás incluir una serie de datos. Esta tendrá que llevar la serie de numeración, tanto en fecha como en número, y especificar cuándo se está emitiendo y cuándo vence dicha factura. Estos datos son importantes, ya que ayudan a que las instituciones puedan realizar un control más exhaustivo de las mismas.
Es muy importante saber que, para poder emitir este tipo de facturas y poder beneficiarse de las condiciones que plantea, es necesario que ambos estén inscritos en el Registro de Operaciones Intracomunitarios (ROI), o VIES, nombre por el que también es conocido. Una vez se haya realizado, el autónomo o la empresa recibirá un número identificativo con el que podrá operar.
Para poder obtener el número, será necesario complementar el apartado correspondiente en el Modelo 036 y marcar la casilla 582 de solicitud de alta.
Cómo aplicar el IVA y el IRPF en las facturas intracomunitarias
Si ambas partes disponen de NIF, no será necesario que se aplique el IVA en la factura. Según explican en Quipu, “Aunque es puramente informativo para ti, si incluyes la fecha de pago sabrás si has cobrado o no. Y por último, la información del Registro Mercantil, aunque solo es obligatorio para empresas”.
También existen muchas dudas en relación al IRPF en las facturas intracomunitarias. Este tipo de facturas también quedan exentas de IRPF. Es decir, que en ningún caso tendrás que retenerte IRPF en una factura intracomunitaria. Esto se debe a que es un impuesto sobre las personas físicas y, por tanto, no tiene sentido que un cliente que no se encuentra físicamente nos pague IRPF.
Si se diera esta situación, para declarar tu actividad profesional, tendrás que fijarte en el número de facturas que has emitido y ver si este llega a un 70% de retención para así presentar el modelo 130.