Debido a la crisis de la COVID-19 y con el objetivo de salvaguardar la estabilidad económica de los trabajadores por cuenta propia, se les ofrece la posibilidad de recuperar sus planes de pensiones sin ningún tipo de sanción siempre y cuando sus ingresos se hayan visto mermados en, al menos, un 75%.
De hecho, han sido varias las asociaciones de autónomos las que han mostrado su preocupación ante el Gobierno. Afirman que son muchos los trabajadores autónomos que debido a la crisis se encuentran sin ingresos ni ahorros de los que subsistir. Por eso, en respuesta a sus peticiones y, como solución, se ha decidido tomar esta decisión como medida provisional.
Por todo ello, las autoridades han decidido suprimir la condición vigente hasta la actualidad de haber cerrado el negocio o llevar a cabo el cese de actividad. Esta norma se ha aprobado mediante un Real Decreto en el que se incorporan las nuevas medidas para salvar a autónomos y pequeñas y medianas empresas de la crisis económica por la que estamos atravesando. No obstante, para ello hay que justificar la caída de ingresos en el porcentaje que se señalaba anteriormente.
1.613 euros: la cantidad máxima a recuperar
Tal y como indican desde CincoDías, el dinero rescatado será como máximo el resultado de prorratear el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de un año para 12 pagas, que en la actualidad está fijado en 19.362 euros. Esto quiere decir que la cantidad máxima que un autónomo podrá rescatar de su plan de pensiones será 1.613 euros.
Por otro lado, desde la agencia de noticias Europa Press, apuntan que los empresarios titulares de negocios que se hayan visto obligados a echar el cierre por el coronavirus, tendrán que justificar los ingresos netos aproximados que hayan dejado de cobrar. Esto se hará mediante la presentación de la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del ejercicio anterior y las autoliquidaciones del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) del último trimestre.
Además, toda esta documentación debe ir acompañada de una declaración responsable en la que se cuantifique la cuantía mensual de disminución de ingresos.