La Comunidad de Madrid ha aprobado el Programa de Estímulo a la Contratación de Jóvenes para la Recuperación Económica. Se trata de un paquete de ayudas para autónomos madrileños y empresas que empleen a menores de 35 años.
El programa establece cuatro líneas, con subvenciones que pueden llegar a los 8.000 euros según cada caso y que ya pueden ser solicitadas.
- Impulso a la contratación en Prácticas: se trata de una línea que pretende fomentar la empleabilidad de jóvenes. Jóvenes que tienen titulación universitaria o FP de grado medio o superior.
- Impulso al Contrato de Formación y Aprendizaje: en este caso, se busca integrar en el mundo laboral a jóvenes que no poseen titulación de ningún tipo.
- Contratación Estable de Jóvenes: esta línea está destinada a incentivar la contratación indefinida a tiempo completo. Siempre que su duración sea de mínimo 12 meses.
- Mi Primer Empleo: línea enfocada al empleo de jóvenes, haciendo frente a una de las mayores preocupaciones que tienen, la falta de experiencia. Esta línea está enfocada por tanto, a los jóvenes sin experiencia laboral o desempleados de larga duración. La ayuda consiste en subvencionar contratos de duración determinada, así como la conversión de estos en indefinidos.
Pasos y requisitos para que los autónomos madrileños soliciten la ayuda
Como bien se indica a lo largo del artículo, para poder solicitar la ayuda hay que cumplir con tres requisitos. El primero de ellos es ser autónomo, empresa o entidad privada cuyo negocio esté situado en la Comunidad de Madrid. Además, es necesario contratar a un trabajador con una edad igual o inferior a 35 años.
En lo que respecta a los pasos, es sencillo. En primer lugar, el trabajador por cuenta propia tiene que inscribirse en la Seguridad Social. A su vez, debe presentar la siguiente documentación: solicitud, documento de identidad del contratador y alta en el Impuesto de Actividades Económicas. Posteriormente, se debe dar de alta también al trabajador en la Seguridad Social.
Tras estar los dos implicados dados de alta en la Seguridad Social se debe firmar el contrato. Este debe ser remitido al Servicio de Empleo Público Estatal en un plazo de 10 días.
Por último, el empresario debe tener en cuenta que debe pagar las cotizaciones del empleado todos los meses.