Según el último Informe Europeo de Pagos llevado a cabo por Intrum, tan solo un 20% de las empresas o autónomos de nuestro país aplica recargos añadidos cuando hay una factura impagada.
Más de la mitad de las empresas en España (57%) sigue aceptando plazos de pago más largos que los establecidos de manera inicial sin interponer ninguna medida legal. De esta forma, España se convierte en uno de los países de la comunidad europea que menos usa el derecho a aplicar recargos cuando hay una factura sin pagar. Este dato es 15 puntos mayor al porcentaje del año pasado.
Ley de antimorosidad en Europa
Según la directiva europea antimorosidad, la fecha límite establecida de pago para las empresas está puesto en 60 días y, en el caso de las administraciones públicas, 30 días. No obstante, según los resultados que arroja el estudio realizado por Intrum, las empresas no ponen medidas para luchar contra los impagos al desconocer la normativa. En el informe se especifica que solo dos de cada diez empresas en España se quejan del retraso en los pagos. La media europea se encuentra en el 33%, frente al 19% de nuestro país.
De hecho, España es uno de los países que menos utiliza este derecho para pelear contra los impagos. La directiva europea antimorosidad afirma que, los acreedores que tengan facturas impagadas, tienen el derecho a reclamar a su proveedor a modo de indemnización por la gestión del cobro la cantidad de 40 euros.
A nivel Europeo, nuestro país se sitúa al mismo nivel que países como Finlandia, pero supera ligeramente a otros como Suecia o Noruega donde solo el 15% de las empresas suma un recargo de 40 euros a las facturas que no se pagan.
Los retrasos en los pagos suponen a los pymes y autónomos uno de los mayores inconvenientes para poder prosperar. Es por este motivo que resulte contradictorio que no se tomen medidas para frenar la situación y que, tanto autónomos como pequeñas y medianas empresas, tengan conocimiento y entiendan la normativa para poder frenar los impagos con los que cargan multitud de comercios.