La nueva Ley de autónomos trajo consigo una serie de modificaciones en las prestaciones para autónomos. En concreto, en lo que a maternidad se refiere, las autónomas que se quedan embarazadas pueden beneficiarse de una serie de ayudas, que repasamos a continuación.
Ayudas para autónomas madres
Todas las profesionales autónomas tienen derecho a recibir una prestación por maternidad, adopción, acogida o riesgo durante el embarazo o periodo de lactancia. Para ello, la trabajadora por cuenta propia deberá solicitar la ayuda 15 días antes de que inicie el descanso. Además, es necesario que tenga todos los pagos a la Seguridad Social al día.
La duración máxima de la prestación en la misma que tienen las trabajadoras por cuenta ajena, es decir, 16 semanas. Es posible transferir 10 de ellas al padre, excepto las 6 primeras que son exclusivamente para la madre. La cuantía de la ayuda es el 100% de la base de cotización que haya tenido en el último año. En el caso de que la autónoma quiera escoger una ayuda a tiempo parcial, también es posible. Puede reducir su actividad al 50%, y, por tanto, recibir el 50% de su base de cotización.
Gracias a la entrada en vigor de la nueva ley de autónomos, las trabajadoras por cuenta propia que se incorporen tras su baja de maternidad, pueden acceder a la tarifa plana. Es decir, que las autónomas que quieran re – emprender hasta 2 años después de su maternidad, pueden beneficiarse de una tarifa plana de 50 euros al mes de cuota, cuando se escoja la base mínima de cotización. En caso de una base mayor, la ayuda es una reducción del 80% de la cuota.
También se han incorporado medidas para la mejora de la conciliación familiar. De esta manera, las madres con niños menores de 12 años (hasta el pasado 2017 era hasta los 7), pueden obtener una bonificación del 100% de la cuota por contingencias comunes. Para ello, la autónomo deberá contratar un trabajador durante su periodo de ayuda, siendo el mínimo, al menos, 3 meses de contrato. Éste puede ser a tiempo completo o parcial.
Desde el pasado mes de marzo, las madres autónomas que hayan cotizado lo suficiente podrá recibir el resultado de dividir la base de cotización de los últimos seis meses entre 180, o, en su caso, la del periodo inferior entre el número de días cotizados en esos seis meses anteriores. Esta medida es especialmente ventajosa para obtener mejores ingresos estando embaraza. Gracias a la posibilidad de cambiar la base de cotización hasta cuatro veces al año, es posible poner en marcha esta ayuda.