Desde el momento en que el autónomo se da de alta como trabajador por cuenta propia en el Régimen de Trabajadores Autónomos está obligado a pagar una cuota. Sin embargo, la normativa actual permite que el autónomo pueda decidir qué cantidad va a pagar al mes. Esta decisión se debe ceñir a unos límites, que se actualizan cada año y que publica el BOE. Por ejemplo, los trabajadores con menos de 47 años, pueden elegir su base de cotización entre los 893,1 euros y los 3.751,2 euros. Pero, ¿qué cantidad es preferible elegir?
En el caso de que elijas la base mínima de cotización, tendrás que pagar alrededor de 267 euros al mes a la Seguridad Social. En cambio, si decides pagar los 3.751,2 euros, la cifra mensual asciende a los 1.121 euros. La repercusión más inmediata es el gasto de una mayor cantidad de dinero, pero tiene sus ventajas. Cuánto más dinero se paga al mes, mayores son las coberturas en relación a los accidentes laborales, las bajas por enfermedad, el acceso al paro, etc.
Para entenderlo mejor vamos a poner un caso práctico. Imagina que sufres un accidente no laboral y tienes que coger unos días de descanso. Si has elegido la base de cotización mínima, recibirás unos 18 euros al día desde el cuarto día de baja hasta el vigésimo. Después de esa fecha, pasarías a cobrar 22 euros. Por el contrario, estas cifras se situarían en los 75 euros diarios hasta el día 21, y en los 93 euros de ahí en adelante, si pagases la base de cotización máxima.
Este ejemplo no incluye la cotización en caso de accidente laboral. Si quieres cubrir esta situación, deberás indicar previamente que quieres cotizar por esta partida. Es decir, lo que se conoce como contingencia profesional. En este caso, la cantidad mínima sería de 271 euros al mes y cobrarías 22 euros diarios desde que te diesen la baja por accidente de trabajo. Pero, ¿qué ocurre si cotizas el máximo? Para saber el dinero que te corresponde por esta partida, tienes que calcular el 75% de tu base de cotización.
Derecho al paro de los autónomos
Los autónomos, como los trabajadores asalariados, tienen derecho al paro, aunque no reciben ese dinero de forma inmediata cuando se quedan sin trabajo. Además, deben indicar previamente que quieren cotizar para obtener este derecho. Para ello, deberá pagar alrededor de 291 euros al mes si también le sumamos la cotización por enfermedad común y accidente laboral. Gracias a esta cotización, cobrará el 70% de su base de cotización. Es decir, cobrará 625 euros aproximadamente cuando esté en paro (en relación a los 291 euros).