El IVA franquiciado entrará en vigor en 2025. Este servirá para que los autónomos y pymes que ganen menos de 85.000 euros anuales no tengan que pagarlo ni incluirlo en sus facturas a partir de ese año.
¿Qué es el IVA franquiciado?
El IVA franquiciado es una transposición de la Directiva europea 2020/285, que se creó en 2020, pero no va a entrar en vigor hasta el 2025. Los beneficiados por esta medida estarán exentos de realizar la liquidación trimestral y anual de IVA con el modelo 303 y 390, respectivamente. Además podrán facturar sin IVA, algo restringido a día de hoy a excepción de unas pocas actividades.
Ventajas y desventajas del IVA franquiciado
Como todos los nuevos cambios, tiene sus ventajas y desventajas. Las ventajas son:
- Los autónomos y pymes no tienen la obligación de presentar la declaración trimestral de IVA. Lo cual permite olvidarse de este durante tres meses.
- Deducción de los suministros y gastos deducibles en el IRPF. Un ejemplo de ello son los seguros de vida para deducir impuestos en la renta.
- Menos trámites fiscales de forma periódica. Lo que significa menos gastos de gestoría, entre otros.
- Reducir sus tarifas sin incluir el IVA.
Por otro lado, el IVA franquiciado tiene desventajas como perder las deducciones por IVA. Con este nuevo cambio en el IVA, los autónomos dejarán de desgravarse este impuesto de sus negocios.
¿Quienes pueden acogerse a este IVA?
Según lo establecido por la nueva normativa, todo aquel autónomo o pyme con una facturación inferior a 85.000 euros puede tener el beneficio de acogerse a la transposición del nuevo IVA franquiciado. Sin embargo, este límite de facturación sube a 100.000 euros cuando se realizan operaciones intracomunitarias. Esto son compras y ventas a países miembros de la Comunidad Europea.