Frente a los empresarios, que no pueden aprovecharse de bonificaciones en la contratación de familiares, los trabajadores autónomos sí que podrán hacerlo en 2020. Según la Guía de Contratos de los servicios Públicos de Empleo, los trabajadores por cuenta propia que decidan contratar a familiares podrán tener ciertas bonificaciones. Eso sí, únicamente en algunas circunstancias concretas.
Para que el autónomo pueda realmente acceder a estas ayudas tiene que cumplir con unas condiciones. Las ayudas se proporcionarán siempre y cuando se conviertan los contratos en prácticas, de relevo, sustitución o anticipación de edad de jubilación en indefinidos.
Tras esto, hay unas condiciones que el trabajador autónomo tiene que cumplir:
- No tener trabajadores asalariados en el momento de transformar el contrato de su familiar a indefinido. Será en este momento cuando pueda solicitar la bonificación.
- Si el familiar no convive con el empleador, para poder recibir la ayuda no podrá tener una edad superior a los 45 años.
- En el caso de que la contratación sea de un hijo, la edad de este no podrá ser superior a los 30 años, sin importar si el hijo vive en al vivienda familiar o no.
Bonificaciones 2020 de contratación
Estas ayudas son una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social. La actividad recibirá 500 euros al año durante un periodo de 36 meses, en el caso de los hombres, y 700 euros anuales en el caso de que la persona contratada sea una mujer.Si el contrato no fuese a jornada completa, sino que se realizase a jornada parcial, la ley dictamina que la bonificación se aplicará según el artículo 2.7 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre.
Por otro lado, la bonificación puede completarse con otras. Sin embargo, la suma de todas las bonificaciones que reciba el autónomo no podrá superar nunca el 60% del coste salarial anual del contrato en cuestión. Como es normal en este tipo de bonificaciones, uno de los requisitos obligatorios que puede encontrarse en casi todas las ayudas es que el autónomo o la empresa no tenga ningún tipo de deuda con la Seguridad Social y se encuentre al día de todos los pagos.
Si en algún momento se encontrase un incumplimiento, el autónomo deberá devolver todas las cuantías recibidas a las arcas públicas.