Los bienes de inversión son aquellos gastos que un profesional autónomo o empresario tiene para invertir en su negocio. Son bienes que van a utilizarse durante un periodo superior a doce meses y están destinados al desarrollo de la actividad. Sin embargo, no se puede considerar como tal cualquier compra. Por ejemplo, no se consideran bienes de inversión aquellos que sean consumibles. Es decir, aunque duren más de un año, los bienes de consumo no se consideran de inversión.
Por tanto, para hablar de bienes de consumo hay que pensar en dispositivos como un ordenador, un Smartphone, una impresora, etc., para que la Agencia Tributaria lo de como válido. Además, es importante considerar el valor económico, ya que dependiendo de ello, se puede considerar bien de consumo a efectos de IVA o de IRPF. Por ejemplo, pata un bien de consumo con un precio neto superior a 3005,06 euros, será considerado un bien de inversión a efectos de IVA. En cambio, en facturas que superen los 300 euros, el bien de consumo se tratará a efectos de IRPF.
Libro de registro de los bienes de inversión
Como todo lo que se adquiera para el negocio, deberá tenerse perfectamente contabilizado. Los bienes de inversión deben especificarse explícitamente en un libro de registro. En él, es necesario que se expongan los bienes de inversión que se han adquirido, así como todos los datos de las facturas, la fecha en la que se comenzó a utilizar y las deducciones que se aplicaran.
En este libro de registro también se ha de señalar si se ha entregado algún bien de inversión durante el periodo de regularización. En este apunte se debe incluir la referencia del bien y su deducción. También es necesario recoger aquellas posibles rectificaciones que afecten directamente a la regularización de los bienes de inversión. Tan solo se hace efectiva la rectificación de las anotaciones en el registro en caso de haberse producido algún error material al realizarlas.