Los profesionales autónomos deben emitir facturas por los servicios que prestan o los productos que venden. Esto supone llevar a cabo una serie de trabajos detrás. Para empezar, es necesario tarificar estos productos o servicios. Es decir, poner precio a los trabajos que desarollan u ofrecen. Al mimos tiempo, los autónomos deben tener ciertas nociones de protección de datos, para saber lo que deben hacer con la privacidad de los clientes. Y también, los trabajadores por cuenta propia deben saber de fiscalidad. Es importante saber cómo deben emitir sus facturas, qué debe contener cada una de ella, qué impuestos se han de incluir, etc.
Facturas con impuestos
Cuando analizamos una factura, es posible encontrar términos como IVA o IRPF. Dos impuestos comunes que se introducen en las facturas y que se deben aplicar en función del servicio o producto. Es por ello, que es importante saber cómo calcularlo y cómo aplicarlo en cada factura. Además, es bueno conocer todos los detalles de una factura porque el neto de cada una es lo que el autónomo realmente percibe. Los impuestos que se añade y el cliente paga, el autónomo los deberá declarar y pagar cuando proceda. Por ello, vamos a a calcular cómo es exactamente una factura, desgranando el importe y los impuestos.
Por ejemplo, si el autónomo presta un servicio por un valor de 100 euros, debe´roa poner que el importe en la factura es de 100 euros y añadirle el Impuesto de Valor Añadido (IVA). Lo normal es que sea del 21%, por lo que el total dela factura será 121 euros. Estos 21 euros es lo que el autónomo deberá presentar en la liquidación trimestral.
Por su parte, los autónomos que prestan servicios a otras empresas deben considerar también el IRPF en sus facturas. Estos negocios B2B deben aplicar un 1%, un 7% o un 15% de retenciones en las facturas. Por tanto, el receptor de esa factura deberá descontar el porcentaje. Por ejemplo, por un servicio de 100 euros, el 15% serían 15 euros, que deberán descontarse al total de la factura con IVA: 121 euros. Teniendo, por tanto, que aplicar IVA e IRPF, quedaría de la siguiente manera:
- Importe: 100 euros (base imponible).
- IVA: 21%
- IRPF: 15%
- Total: 106 euros.