A finales del pasado mes de mayo se aprobó el ingreso mínimo vital. Esta ayuda económica está pensada para todas las personas que no lleguen al umbral mínimo de renta. Entre ellos, se aprobó también para autónomos.
Y es que el estado de alarma ha terminado, pero las consecuencias de la crisis continúan vigentes y se espera que dure unos meses. Desgraciadamente, son muchas las empresas, los autónomos y las familias las que han visto cómo sus ingresos se reducían a raíz de la crisis del coronavirus y les está costando recuperar su estabilidad. Es por ello que el ingreso mínimo vital va a servir para «garantizar los ingresos mínimos de aquellas personas o convivientes que carecen de ellos o que cuentan, por estar en una situación de vulnerabilidad, con unos ingresos muy bajos», según declara Yannick Charton, socio fundador de Valio Consulting.
Ingreso mínimo vital: cómo solicitarlo y requisitos
Desde el 15 de junio es posible solicitar la prestación. La cuantía que se recibe va desde los 462 a los 1.015 euros, en función de los ingresos en la unidad familiar. Además de los desempleados, como adelantábamos también se han incluido a los trabajadores por cuenta propia, siempre que ingrese menos del umbral de renta establecido. El Gobierno ha fijado este límite en 462 euros al mes por cada persona que viva sola. La cantidad se incrementa en función de la familia. 139 euros más al mes por cada persona conviviente hasta el máximos de 1.015 euros.
El Real Decreto-ley 20/2020 del BOE establece que las solicitudes pueden realizarse hasta el 15 de septiembre y se cobrarán con carácter retroactivo desde el 1 de junio. Para poder acceder, el prestatario debe tener entre «23 y 65 años o, en el caso de tener un menor a cargo, tener al menos 18 años y contar con residencia legal en España durante el último año», tal y como subraya Charton. Hay excepciones, como los menores en situación de adopción o víctimas de trata o violencia machista que se hayan visto forzadas a abandonar el domicilio familiar junto a sus hijos y familiares.
La prestación se puede solicitar de forma telemática, a través de la página web de Tesorería General de la Seguridad Social. Hay un apartado para el ingreso mínimo vital, donde se solicita una documentación para poder acceder a la ayuda. Además, hay un sistema multicanal para consultar las dudas que puedan surgir.