La normativa fiscal española establece plazos específicos para la emisión y envío de facturas, los cuales varían según el tipo de destinatario y la naturaleza de la operación. Cumplir con estos plazos es fundamental para garantizar la validez legal de las facturas y evitar posibles sanciones por parte de la Agencia Tributaria.
Plazos generales para la emisión de facturas
En operaciones entre empresarios o profesionales, la factura debe emitirse antes del día 16 del mes siguiente al que se haya realizado la operación o prestación del servicio. Por ejemplo, si un servicio se presta el 15 de marzo, la factura debe emitirse a más tardar el 15 de abril.
En el caso de operaciones con particulares, la factura debe emitirse en el momento de la operación. Sin embargo, es común utilizar facturas simplificadas (también conocidas como tickets) en lugar de facturas tradicionales.
Facturas recapitulativas
Las facturas recapitulativas agrupan varias operaciones realizadas durante un mismo mes con un único cliente. Si el destinatario es un empresario o profesional, la factura debe emitirse antes del día 16 del mes siguiente al que se hayan realizado las operaciones. Por ejemplo, si se realizan varias entregas de productos durante marzo, la factura recapitulativa debe emitirse antes del 16 de abril.
Cuando el destinatario es un particular, la factura recapitulativa debe emitirse a más tardar el último día del mes en que se hayan efectuado las operaciones. Por ejemplo, si se realizan varias entregas en marzo, la factura recapitulativa debe emitirse antes del 31 de marzo.
Facturas rectificativas
Las facturas rectificativas se emiten para corregir errores en facturas previamente emitidas. Deben expedirse tan pronto como el obligado a expedirla tenga constancia de las circunstancias que obligan a su expedición. El plazo para su envío es antes del día 16 del mes siguiente a aquél en que se hubiera expedido la factura rectificativa.
Consecuencias del incumplimiento en la emisión de facturas
El incumplimiento de los plazos establecidos para la emisión y envío de facturas puede dar lugar a sanciones por parte de la Agencia Tributaria.