La siniestralidad laboral sigue creciendo. Según los últimos datos facilitados por el Ministerio de Trabajo y Economía Social desde enero hasta agosto de 2022 se han producido 365.636 accidentes laborales. De los cuales 2.554 fueron graves y 362.632 leves. En total, 47.441 accidentes más que en el mismo periodo del año pasado.
En cuanto a los sectores, el más afectado por sus riesgos es el de industria manufacturera, seguido de la construcción. Con 59.771 y 53.537 accidentes respectivamente. En el lado opuesto, con mejores datos de accidentes se encuentran los sectores de industrias extractivas, con 908 accidentes y suministro de agua, saneamiento y gestión de residuos con 5.617.
Accidentes laborales mortales
De enero a agosto se han producido 548 accidentes mortales. 450 de ellos se han producido durante la jornada de trabajo y 98 en in itinere. Además, la mayoría ha sido a empleados asalariados, 498 y el resto a trabajadores por cuenta propia, 55. Cabe destacar que predominan los accidentes en varones, 430 frente a 20 en las mujeres.
La causa de gran parte de los accidentes laborales mortales han sido causas naturales como infartos o derrames cerebrales; quedar atrapado, ser aplastado o sufrir una amputación y golpe sobre o contra resultado de una caída.
Por sectores, el mayor número de fallecimientos ha tenido lugar en el sector servicios, seguido de construcción, industria y en último lugar, agrario.
Sanciones económicas
Los accidentes laborales que se producen a consecuencia de una mala prevención por parte de la empresa conlleva sanciones económicas. Cuando se produce un accidente grave o con consecuencias como el fallecimiento se abre un proceso penal.
Para evaluar las causas del accidente y por tanto, las sanciones pertinentes se tienen en cuenta aspectos como la peligrosidad de la actividad, la gravedad del accidente, las medidas de protección tanto de la empresa como a nivel individual y el incumplimiento de las medidas, entre otros.
Como señalan desde el Circulo Legal, “la primera consecuencia de esta situación es la imposición de una sanción por falta de medidas de seguridad en el trabajo, con unas cuantías muy importantes, estos procedimientos se suelen suspender en tanto el procedimiento penal sigue vivo”. No obstante, las prestaciones al empleado continúan su proceso. Suelen oscilar entre el 30% y el 50% sobre la prestación a la que tiene derecho el trabajador.