Las pequeñas y medianas empresas han de presentar una serie de modelos a las organizaciones que corresponda. Empieza el año con el cierre fiscal del anterior, y durante este 2019 los empresarios deberán ir realizando sus correspondientes declaraciones y presentaciones: IRPF, IVA, Sociedades, etc. A continuación, repasamos todos los trámites y obligaciones fiscales de las pymes desde ahora hasta final de año.
Modelos que deberán presentar las pymes
- Modelo 303. Una de las obligaciones fiscales de las pymes es la declaración de IVA trimestral. Todas las que tengan actividad comercial deben realizar este trámite cada tres meses. En cada uno se recoge el IVA soportado de enero a marzo, de abril a junio, de julio a septiembre y de octubre a diciembre.
- Modelo 390. En esta ocasión se presenta u resumen de lo anterior. Es decir, un repaso anual de todas las declaraciones de IVA. Se presenta en enero del año siguiente, como cierre fiscal del año anterior.
- Modelo 111. Otro de los más populares, ya que es el encargado de declarar las retenciones de IRPF de los empleados. Deben presentarlo cada tres meses.
- Modelo 349. Este corresponde a las operaciones intracomunitarias. Solo deberán presentarlo aquellas empresas que tengan actividades comerciales con países de la UE.
- Modelo 115. Está reservado para las empresas que tienen alquilado un local. Es decir que desarrollan su actividad en un lugar alquilado. También se presenta cada tres meses.
- Modelo 180. Es el resumen de lo anterior. Es decir, se presenta en enero, resumiendo todos los modelos 115 del año.
- Modelo 190. Esta es la obligación fiscal de las pymes es la correspondiente a la declaración de las retenciones de las nóminas. Se realiza una vez al año y se exponen la de los empleados y demás profesionales contratados en la compañía.
- Modelo 200. Una de las obligaciones fiscales de las pymes por excelencia: el Impuesto de Sociedades. Se declara una vez al año y afecta tanto a las empresas, como a personas jurídicas y entidades no jurídicas, además de fondos de inversión o capital de riesgo.
- Modelo 202. Solo en casos en los que la empresa quiera fraccionar el pago del Impuesto de Sociedades (modelo 200).