Los autónomos mayores de 52 años y se enfrenten a un cese de actividad podrán acceder a un subsidio especial. Así lo proponen desde la Unión de Profesionales Trabajadores Autónomos (UPTA). En concreto, se pro’pone que estos trabajadores puedan optar a una ayuda, siempre que hayan agotado la prestación o ayuda para el desempleo y tengan cumplidos los 52 años.
Según UPTA, esta prestación puede ser compatible con otras, aunque los requisitos que plantea la propuesta es que los autónomos que puedan acceder al subsidio, no pueden tener ingresos brutos anuales superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesiona (SMI). Es decir, que no deberán superar sus ingresos los 712 euros al mes.
Requisitos y cuantía de esta ayuda para autónomos
Otra de las condiciones que expone UPTA es que los autónomos han de tener un periodo mínimo de cotización. En concreto, se exige tener cotizados a la Seguridad Social al menos 15 años. Además, dos de ellos han de estar incluidos en los últimos 15. También, desde la misma asociación, exponen que es imprescindible tener al menos 6 años cotizados por desempleo en el régimen general durante toda la vida laboral. Asimismo, el profesional autónomo debe estar inscrito como demandante de empleo de manera ininterrumpida desde que finalizó la prestación, al margen de que están permitidos periodos de actividad inferiores a tres meses.
También es necesario haber cotizado en el sistema específico de protección por cese de actividad durante un año en el periodo en el RETA. Esto deberá ser de 13 meses a partir de diciembre de este año. Desde UPTA ta,bién recogen la necesidad de haber sido beneficiarios de la prestación por cese de actividad al menos durante 4 meses y haberse consumido.
La ayuda para este colectivo es del 80% del IPREM. Es decir, 430,27 euros, y la cotización a la seguridad social será del 125% de la base mínima establecida en el momento concreto.
Equivalente a la prestación de asalariados
La finalidad de la propuesta de UPTA es que se equipare a la ayuda a los asalariados. Afirman que este subsidio es necesarios porque “en muchos casos estamos hablando de trabajadores por cuenta propia que proceden de los sectores más débiles de la economía, como el agrario, las actividades del mar o el comercio minorista, que han sufrido con más dureza los efectos de la crisis”.
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A mi me la deniegan alegando una y otra vez que no tengo el mínimo de años cotizados, presentando mi vuda laboral demuestro que tengo veinticinco,de ellos duez en el régimen general el resto de autónomo.