El nómada digital se trata de una persona que tiene un empleo totalmente en remoto y le da la flexibilidad suficiente para trabajar desde cualquier parte del mundo. Esto es algo que tiene sus ventajas e inconvenientes, te las contamos.
Ventajas de ser un nómada digital
Además de poder trabajar desde cualquier rincón del planeta, fiscalmente hablando, los nómadas digitales tienen ciertos beneficios sobre sus ingresos. Tienen que pagar un tipo impositivo fijo del 24% sobre sus ingresos relacionados con el trabajo hasta 600.000 euros. Así como un 48% sobre cualquier cantidad superior a ese límite.
Esto viene recogido en el visado para nómadas digitales que el Gobierno aprobó en la Ley de Startups. Con el cual, en el caso de los extranjeros se obtiene un permiso de un año para residir y trabajar en todo el territorio nacional.
También cuentan con una reducción del impuesto sobre las ganancias del capital, ya que el tipo pasa del 19% al 28%. Además, tienen una rebaja en las condiciones para acceder al impuesto de tipo reducido (IRNR), ya que pasa de 10 a 5 años el periodo requerido de no residencia fiscal en el país.
Qué se necesita para obtener el visado
Para acceder a este visado nómada, la persona interesada debe ser graduada o postgraduada en una universidad, formación profesional o escuelas de negocios de reconocido prestigio. O por el contrario tener más de tres años de experiencia profesional.
De igual forma, debe existir una actividad real y continuada por parte de la empresa con la que vaya a trabajar el solicitante. También, una residencia legal en el país donde se presenta la solicitud, la existencia de un seguro público o privado, contar con solvencia económica durante su periodo de residencia en España. Así como carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido en los últimos cinco años.
Para solicitar el visado tienes que seguir estos pasos y se gestiona a través de las oficinas consulares y debe ser retirado personalmente o por un representante en el plazo máximo de un mes a partir del día siguiente a la fecha en la que se solicite la resolución favorable.