La Ley de la Segunda Oportunidad, un mecanismo legal que permite la exoneración de deudas a personas físicas y autónomos, contempla ahora, tras su reforma concursal de 2022, la posibilidad de eliminar parcialmente sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social. ATA (Asociación de Trabajadores Autónomos) promueve un asesoramiento gratuito para que los interesados puedan acogerse a este procedimiento sin coste inicial.
De acuerdo con la normativa actual, un deudor puede exonerarse parcialmente de sus deudas públicas: hasta 10.000 € para cada organismo. Esto se detalla en el artículo 489.1.5.º del Texto Refundido de la Ley Concursal, que aplica una exención del 100% sobre los primeros 5.000€, y del 50% para la parte comprendida entre 5.001€ y 10.000€, para Hacienda y la Seguridad Social por separado.
Segunda oportunidad: un alivio frente a la deuda pública
No obstante, recientes tendencias judiciales empiezan a ampliar este límite. Aunque todavía no hay una doctrina establecida por el Tribunal Supremo, varios juzgados mercantiles están concediendo exoneraciones superiores a los 10.000€ por organismo, abriendo la puerta a una interpretación más flexible de la ley.
ATA ha reclamado desde la aprobación de la ley en 2015 una revisión de estas limitaciones. Su objetivo es que los deudores puedan afrontar este tipo de obligaciones públicas fraccionadamente, facilitando así una solución más viable económicamente.
El órgano responsable ofrece un número de atención gratuita para orientar tanto a autónomos como a personas físicas sobre cómo solicitar esta vía de exoneración, que requiere cumplir con criterios de buena fe, insolvencia y otros requisitos legales.
Este instrumento legislativo supone un importante alivio para todos aquellos que atraviesan dificultades financieras, ya que les permite liberarse parcialmente de cargas tributarias o de cotización, y contar con una vía ordenada para recuperar estabilidad sin poner en riesgo su actividad profesional.